Convocatoria de elecciones para la Agrupación de Cofradías de Pozoblanco
05/05/09
CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA AGRUPACION DE COFRADIAS DE POZOBLANCO.
En asamblea extraordinaria celebrada el 4 de mayo de 2009, se han convocado elecciones a la presidencia de la Agrupación de Cofradías de Pozoblanco. Los plazos y fechas son las siguientes:
FECHA DE LAS ELECCIONES: 22 de Junio de 2009 a las 21:30 horas.
PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS: del 5 de Mayo al 2 de Junio de 2009, ambos inclusive.
ACEPTACIÓN O RECHAZO DE CANDIDATURA: del 2 al 5 de Junio de 2009.
PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES: del 6 al 9 de Junio del 2009.
RESOLUCIÓN DEFINITIVA: del 9 al 11 de Junio de 2009.
En esta misma asamblea ha quedado constituida la mesa electoral, con los siguientes componentes:
-Presidente de la Mesa: D. Rafael Ranchal Molina.
-Secretario de la Mesa: D. Jesús Molina López.
-Vocal de la mesa: Dª Maria del Carmen Fernández Fernández.
SUPLENTES:
-Presidente suplente de la mesa: D. Desiderio Dorado Valero
-Secretario suplente de la mesa: D. Javier García Vicente
-Vocal suplente de la mesa: Juan Francisco Herruzo Aguado.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS CANDIDATOS:
La presentación constará:
• Declaración jurada de que el candidato reúne los requisitos exigidos.
• Aval firmado por al menos tres Hermandades o Cofradías Asociadas.
• Certificado de la Hermandad o Cofradía a la que pertenece, indicando su antigüedad.
• Relación de los miembros que formarán su Junta de Gobierno, con las acreditaciones de pertenencia a sus propias Hermandades y Cofradías conforme marca el artículo 31.
• Informe del Consiliario de la Agrupación en el que se haga constar que el candidato y los componentes de su Junta de Gobierno no mantienen causas de incompatibilidad según las exigencias de estos Estatutos o el Derecho Canónico.
REQUISITOS EXIGIDOS AL CANDIDATO A LA PRESIDENCIA COMO A SU JUNTA DE GOBIERNO
a) Para ser miembro de la Junta de Gobierno se requerirá ser mayor de edad, seglar, y no pertenecer a una Junta de Gobierno de alguna Hermandad o Cofradía agrupada.
b) Ser hermano o cofrade con plenos derechos durante tres años de alguna agrupada del que conste que servirá a la Agrupación con la adecuada capacidad y con sentido cristiano y eclesial.
c) No ejercer cargo de dirección en partido político o asociaciones análogas o de autoridad política ejecutiva nacional, autonómica, provincial o local.
Fdo. Rafael Ranchal Molina.
-Presidente de la mesa electoral-
POZOBLANCO, 4 de Mayo de 2009.








